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Áreas naturales protegidas del Perú
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Las Áreas Naturales Protegidas del Perú (ANP) son zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la Nación ejerce soberanía y jurisdicción, en las que los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano, o que sus ecosistemas y funciones integrales requieren ser preservadas y restauradas, quedarán sujetas al régimen previsto en esta Ley y los demás ordenamientos aplicables. En el Perú se establecen en concordancia con la Ley de Áreas Naturales Protegidas (ley N.° 26834 y su Reglamento publicado mediante el Decreto Supremo N° 038-2001-AG).
El Perú cuenta con 246 áreas naturales protegidas (76 son administradas por el gobierno nacional, 32 por gobiernos regionales y 138 por propietarios de predios individuales o comunidades).
En 2019 se declaró el día 17 de octubre de cada año como el “Día de las Áreas Naturales Protegidas del Perú”.[1]
Además de las áreas protegidas cuenta con otras modalidades de conservación como concesiones de ecoturismo, concesiones para reforestación, concesiones para manejo de fauna, bosques locales, zonas de conservación y recuperación de ecosistemas, ecosistemas frágiles, las áreas de conservación ambiental, paisajes culturales, las zonas de agrobiodiversidad, las reservas territoriales e indígenas. Cuenta también con sitios con reconocimiento internacional como son los sitios patrimonio mundial, las reservas de biosfera nacionales y transfronterizos, los sitios Ramsar y los geoparques.[2]
Los gobiernos locales tienen competencia y funciones en la protección y conservación del ambiente como proponer la creación de áreas de conservación ambiental.[3]
Las concesiones para conservación son áreas destinadas para fines científicos, de conservación y aprovechamiento compatibles con la conservación otorgada por la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre.[4]
En 2023 se reportó, según el informe de Devida, que el 16 % de la superficie nacional cultivada con coca (14 mil 757 hectáreas) se encuentra en áreas naturales protegidas y zonas de amortiguamiento.[5]
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Clasificación
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Contexto
Las áreas protegidas del Perú pueden clasificarse de acuerdo a quien las administra en tres grupos:
- Las ANP, que pertenecen al «Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado» (SINANPE), administradas por el gobierno nacional;
- Las áreas de conservación regionales (ACR), administradas por los Gobiernos Regionales; y
- Las áreas de conservación privadas (ACP), administradas por personas particulares.
Áreas protegidas del SINANPE
El Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado[6] (SINANPE) es el conjunto de las áreas naturales protegidas que están bajo administración directa del gobierno central.
Orgánicamente, el sistema se encuentra bajo la jurisdicción del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado[7] (SERNANP), entidad bajo jurisdicción del Ministerio del Ambiente. Antes de la creación del Ministerio del Ambiente, se hallaba bajo jurisdicción del Ministerio de Agricultura a través del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA),
Al 5 de marzo del 2021, el SINANPE estaba integrado por 76 áreas naturales protegidas (25 684 523.65 ha). Si se consideran las Áreas de Conservación Regional - ACR (25, con una superficie protegida de 3 245 188,63 ha) y las Áreas de Conservación Privada - ACP (141, con 384 918.98 ha), el territorio total protegido del país es de 23 051 968,58 ha. Si solo consideramos la superficie terrestre del Perú que son áreas naturales protegidas, estas son 22 645 810,51 ha, un 17,62% del total nacional.[8]
Categorías
Existen diversas opciones de categorías de área natural protegida cuyos objetivos de protección varían gradualmente. Según su condición legal, finalidad, usos permitidos, existen áreas de uso directo y áreas de uso indirecto.[9]
- Áreas de uso indirecto
Las Áreas protegidas son aquellas de protección intangible, en las que no se permite la extracción de recursos naturales y ningún tipo de modificación en el ambiente natural. Estas áreas solo permiten la investigación científica no manipulativa y actividades turísticas, recreativas, educativas y culturales bajo condiciones debidamente reguladas. Son áreas de uso indirecto:
- Parques nacionales (PN) : los parques nacionales han sido creados en áreas que constituyen muestras representativas de las grandes unidades ecológicas del país. En ellos se protege la integridad ecológica de uno o más ecosistemas, las asociaciones de flora y fauna silvestre, los procesos sucesionales y evolutivos, así como características paisajísticas y culturales. En ellos no se pueden desarrollar actividades cinegéticas, ganaderas, pastoriles, madereras o mineras, o en general todas aquellas que supongan la explotación de los recursos naturales
- Santuarios nacionales (SN) : son áreas donde se protege el hábitat de una especie o una comunidad de flora y fauna, así como formaciones naturales de interés científico y paisajístico y de importancia nacional.
- Santuarios históricos (SH) : son áreas que además de proteger espacios que contienen valores naturales relevantes, constituyen el entorno de muestras del patrimonio monumental y arqueológico del país o son lugares donde se desarrollaron hechos sobresalientes de la historia nacional.
- Áreas de uso directo
Son aquellas que permiten el aprovechamiento de los recursos naturales, prioritariamente por las poblaciones locales, bajo los lineamientos de un Plan de Manejo aprobado y supervisado por la autoridad nacional competente. Son áreas de uso directo:
- Reservas nacionales (RN): áreas destinadas a la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible, incluso comercial, de los recursos de flora y fauna silvestre bajo planes de manejo, con excepción de las actividades de aprovechamiento forestal comercial con fines madereros.
- Reservas Paisajísticas (RP): áreas donde se protege ambientes cuya integridad geográfica muestra una relación armoniosa entre el hombre y la naturaleza, albergando por ello importantes valores naturales, culturales y estéticos. Si la zonificación del área así lo prevé, pueden permitirse el uso tradicional de recursos naturales, los usos científicos y turísticos y los asentamientos humanos. Las actividades que signifiquen cambios notables en las características del paisaje y los valores del área están excluidas.
- Bosques de Protección (BP): áreas que se establecen para proteger las cuencas altas o colectoras, las riberas de los ríos y de otros cursos de agua y, en general, para proteger contra la erosión a las tierras frágiles que así lo requieran. En ellos se permite el uso de recursos y el desarrollo de actividades que no afecten la cobertura vegetal, los suelos frágiles o cursos de agua.
- Reservas Comunales (RC): áreas destinadas a la conservación de la flora y fauna silvestre en beneficio de las poblaciones rurales vecinas las cuales, por realizar un uso tradicional comprobado, tienen preferencia en el uso de los recursos del área. El uso y comercialización de recursos se hace bajo planes de manejo, aprobados y supervisados por la autoridad y conducidos por los mismos beneficiarios.
- Cotos de Caza (CC): son áreas destinadas al aprovechamiento de la fauna silvestre a través de la práctica regulada de la caza deportiva.
- Refugios de Vida Silvestre (RVS): áreas que requieren intervención activa para garantizar el mantenimiento y recuperación de hábitats y poblaciones de determinadas especies. Se excluyen el aprovechamiento comercial de recursos naturales que puedan provocar alteraciones significativas del hábitat.
Zonas Reservadas (ZR)
Además de las categorías mencionadas, las Zonas Reservadas se establecen de forma transitoria en aquellas áreas que, reuniendo las condiciones para ser consideradas como áreas naturales protegidas, requieren la realización de estudios complementarios para determinar, entre otras cosas, su extensión y categoría. Las Zonas Reservadas también forman parte del SINANPE. Esta área tiene categoría de carácter transitorio, como también estas áreas posterior a sus estudios complementarios, se colocarán en su respectiva clasificación de acuerdo a su tipo y características.
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Lista
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Contexto
Áreas de Conservación Regionales - ACR
Áreas de Conservación Privadas - ACP
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Véase también
Referencias
Enlaces externos
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