Mediación (derecho)
método alternativo de resolución de conflictos / De Wikipedia, la enciclopedia encyclopedia
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La mediación es un método alternativo de resolver conflictos, que tiene como finalidad intrínseca llegar a la solución integral de un conflicto entre partes (pueden ser dos o más personas), evitando de este modo llegar a la instancia judicial. Recientemente, se ha preferido el término «método adecuado», en lugar de «alternativo», puesto que la mediación no es, ni puede ser, excluyente de la posibilidad de acceso a la vía judicial como derecho humano fundamental.[1][2]
En la mediación son las partes las que tratan, por sí mismas, de alcanzar un acuerdo que sirva de solución al conflicto con la asistencia de un tercero (mediador) que les presta ayuda profesional. Los principios rectores que guían e instrumentan la mediación son: la confidencialidad, la voluntariedad y la plena comunicación entre las partes, la imparcialidad del mediador interviniente y la neutralidad del mismo frente a la materia traída a cuestión. La mediación moderna se ha configurado como una nueva forma de acceso a la justicia y se han establecido en muchos países servicios de mediación dentro del propio sistema de Administración de Justicia.
La voluntariedad ha de entenderse como posibilidad de cualquiera de las partes a dejar mediación y no alcanzar necesariamente un acuerdo. En muchas legislaciones se ha impuesto la mediación como requisito de procedibilidad antes de acudir a los tribunales (intento de mediación) o como obligación por derivación judicial (una vez comenzado el pleito si el juez considera que puede resolverse por mediación). Estas posibilidades suelen denominarse como obligatoriedad o voluntariedad mitigadas.[3] También hay países que mantienen la voluntariedad en sentido estricto como sistema al que deben acudir espontáneamente las partes.
Se basa en la cultura de paz, la democracia, la pacificación social, el diálogo individual y social, el respeto, y el consenso para la convivencia. Consiste en la intervención de un tercero en un conflicto, el mediador, con el fin de facilitar el acercamiento de las partes enfrentadas y promover un proceso de negociación que permita arribar a un acuerdo consensuado y aceptado por las partes que ponga fin al conflicto.
La mediación se distingue de otros sistemas alternativos de resolución de conflictos como la negociación, la conciliación y el arbitraje. La mediación se caracteriza por el principio de neutralidad y no reemplaza el papel protagonista de las partes en la elaboración del acuerdo. La mediación se ha mostrado como un sistema muy eficaz para la solución de controversias, sobre todo en aquellas en las que existe alguna carga emocional o hay que pensar en las relaciones personales o económicas futuras. Una de las grandes ventajas de la mediación es la posibilidad de racionalizar el conflicto y desescalarlo, al desarmar las posiciones buscando los intereses y necesidades de las partes. La mediación ha experimentado una gran expansión aplicándose de manera eficiente a todos los campos de conflicto. No obstante, en Europa, esta expansión ha funcionado de manera muy desigual en los diferentes estados y se ha ralentizado en los últimos tiempos. Por este motivo, algunos países como España están tratando de impulsar de nuevo la mediación como Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC)[4].
La mediación adquiere características especiales según se trate de conflictos internacionales, sociales o colectivos, e individuales. Puede afirmarse que la mediación es una fórmula moderna de solución de conflictos que se ha consolidado y se encuentra en plena expansión. Aunque el origen de la mediación moderna puede considerarse que parte de la experiencia en EE. UU., la UE ha establecido la necesidad de que los países miembros adopten este mecanismo de resolución de disputas "con vistas a facilitar y mejorar el acceso a la justicia".[5] Es decir, se concibe como una forma más de acceso a la Administración de Justicia.[4]
La definición de la U.E. sobre la mediación es "un procedimiento estructurado, sea cual sea su nombre o denominación, en el que dos o más partes en un litigio intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo sobre la resolución de su litigio con la ayuda de un mediador. Este procedimiento puede ser iniciado por las partes, sugerido u ordenado por un órgano jurisdiccional o prescrito por el Derecho de un Estado miembro".[6]