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subdivisión administrativa judicial empleada en Perú De Wikipedia, la enciclopedia libre
Un distrito judicial es la subdivisión territorial del Perú para efectos de la organización del Poder judicial.
Distritos judiciales | ||
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País | Perú | |
Categoría | Poder Judicial del Perú | |
Creados por | D. Leg. 612 | |
Fecha de creación | 27 de julio de 1990 (34 años) | |
Datos estadísticos | ||
Fecha del último creado | (34) | |
Tipos posibles | Demarcación administrativa | |
Con la creación del Poder Judicial se estableció que el segundo nivel organizativo estaría conformado por las Cortes Superiores de Justicia las mismas que tendrían competencia territorial sobre el departamento de su sede. Sin embargo, en 1991, la Ley Orgánica del Poder Judicial estableció en su artículo 36 que la competencia de cada Corte Superior estaría determinada por un Distrito Judicial y que estos podrían ser creados y suprimidos por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en atención a una eficaz administración de justicia y en función de áreas de geografía uniforme, concentración de grupos humanos de idiosincrasia común, volúmenes demográficos rural y urbano, movimiento judicial y la existencia de vías de comunicación y medios de transporte. Es decir, se deja de lado la equivalencia con la organización política del país y se sustenta estrictamente en factores geográficos y estadísticos.[1]
Cada distrito judicial es encabezado por una Corte Superior de Justicia y el presidente de la misma es también presidente del distrito judicial.
Este país cuenta con 34 distritos judiciales:
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