Anexo:Reformas a la Constitución Política de la República de Colombia
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El Congreso de la República de Colombia aprobó cuarenta y cinco reformas o enmiendas formales a la Constitución de 1991 desde que la misma entró en vigor el 4 de julio de 1991. Cuarenta y una de estas son parte de la Constitución. La trigésima primera reforma fue promulgada en 2015 y es conocida como el Equilibrio de Poderes; es considerada la reforma más importante pues modificó 22 artículos de la constitución. Cuatro reformas aprobadas por el Congreso y enviadas a la Corte fueron declaradas inexequibles a causa de demandas de inconstitucionalidad.
Constitución de Colombia | ||
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Texto original de la Constitución vigente | ||
Preámbulo | ||
Títulos | ||
Historia constitucional | ||
Gran Colombia | 1821 | |
Nueva Granada | 1832, 1843, 1853, 1858 | |
Colombia | 1863, 1886, 1991 | |
Reformas a la constitución de 1991 | ||
Reformas ratificadas La trigésimo primera reforma se conoce como el Equilibrio de Poderes | ||
Reformas no ratificadas | ||
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El Título XIII de la Constitución de Colombia detalla el proceso de tres pasos para reformar la carta magna de la nación. Las reformas deben proponerse, aprobarse y ser ratificadas antes de entrar en vigor.[1]
Una reforma en forma de Acto Legislativo puede ser propuesta ante el Congreso por:
- El Gobierno Nacional,
- Diez miembros del Congreso,
- Un número de ciudadanos igual o superior al cinco por ciento (5%) del censo electoral existente en la fecha respectiva,
- Un veinte por ciento (20%) de los Concejales del país o
- Un veinte por ciento (20%) de los Diputados del país.
Para formar parte de la Constitución, una reforma debe ser aprobada por:
- La mayoría de las dos cámaras del Congreso en cuatro debates por cada cámara en dos periodos consecutivos; o
- La mayoría de sufragantes en un referendo convocado por el Congreso si existe iniciativa popular o del Gobierno Nacional, o cuando se refieran a los derechos reconocidos en el Capítulo 1 del Título II de la Constitución; o
- Una asamblea constituyente, convocada por el Congreso y aprobada en votación popular por una tercera parte del censo electoral. La opción de la asamblea nunca se ha utilizado.
Cuando se aprueba una reforma constitucional en el Congreso, la Corte Constitucional tiene la responsabilidad de decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que promuevan los ciudadanos contra los actos reformatorios de la Constitución. Luego, una vez debidamente tramitada, el tribunal emite una sentencia que proclama que una reforma es exequible o inexequible, ratificándola.[2]
Aproximadamente 681 propuestas para reformar la Constitución se han presentado en el Congreso desde 1992 (al 26 de noviembre de 2021)[3]. En conjunto, los miembros de la Cámara y el Senado suelen proponer alrededor de 80 reformas durante cada Legislatura del Congreso. Las propuestas han cubierto numerosos temas, pero históricamente, la mayoría murió en las comisiones del Congreso a las que fueron asignadas. Desde 1992, solo alrededor de 45 reformas formales han recibido una votación del pleno de la Cámara o del Senado. La última vez que una propuesta obtuvo el apoyo necesario en cuatro debates tanto en la Cámara como en el Senado pero no fue ratificada por la Corte Constitucional fue la reforma de la Prisión perpetua revisable.[4]