Anexo:Partidos judiciales de Andalucía
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En Andalucía existen ochenta y cinco partidos judiciales, que es como se denomina al segundo nivel de unidades territoriales para la administración de la justicia en España.[1][2] Estos partidos judiciales se reparten del siguiente modo: ocho pertenecen a la provincia de Almería, catorce a la de Cádiz, doce a la de Córdoba, nueve a la de Granada, seis a la de Huelva, diez a la de Jaén, once a la de Málaga y quince están en la provincia de Sevilla.[3] Hasta 1995 las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla estaban incluidas dentro de la división judicial de las provincias andaluzas, constituyendo los partidos número doce de Cádiz y número ocho de Málaga respectivamente.[4][5] Sin embargo, a nivel autonómico se hallan bajo la jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Granada.
El partido es la unidad territorial integrada por uno o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma provincia.[2] Entre los municipios que componen los partidos judiciales, basándose en criterios del número de asuntos judiciales, de las características de la población, medios de comunicación y comarcas naturales, se elige la capital del mismo, que se denomina cabeza de partido judicial.[2] En dicha cabeza se encuentra la sede de uno o varios Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, además de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.[1] Al frente del resto de municipios del partido judicial se encuentran los juzgados de paz.[1] La actual distribución de partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía se debe a la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.[1]
En virtud de dicha ley, los municipios andaluces se distribuyen en los partidos judiciales que se indican en los siguientes listados:[3]