Anexo:Monumentos histórico-artísticos de España declarados en 1931
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Este artículo recoge, en forma de tabla, los inmuebles declarados monumentos histórico-artísticos pertenecientes al Tesoro Nacional de España mediante la aprobación —por el Gobierno provisional de la República, antes de celebrarse las elecciones constituyentes— del Decreto de 3 de junio de 1931 (publicado en la Gaceta de Madrid, núm. 155, de 4 de junio de 1931).[1] Ese decreto fue, hasta ese momento, la principal actuación para proteger el patrimonio inmueble en España y declaró como monumentos histórico-artísticos valiosos inmuebles —en su mayoría religiosos (catedrales, iglesias y colegiatas, ermitas y capillas, conventos y monasterios), militares (castillos y murallas) y civiles (palacios, casas consistoriales y colegios)—, y también yacimientos y ruinas, algunas cuevas y varios elementos megalíticos.
La declaración de monumentos se hizo de dos maneras:
- una declaración individualizada de monumentos ordenados por provincias, que supuso un total de 789 elementos —a veces se habla de 731 debido a que esas son las descripciones individualizadas, aunque en muchas se agrupan varios elementos de una misma localidad (artículo 1.º);[2]
- una declaración genérica de los palacios y jardines que habían pertenecido a la Corona (un total de nueve elementos) (artículo 2.º).[3]
El listado de elementos —en algunos casos con descripciones muy escuetas en las que no se expresa que tipo de bien era (iglesia, monasterio...)—, fue más adelante desarrollado y bien explicitado y apareció en bastantes publicaciones, siendo las de más fácil consulta el Inventario publicado en 1967 y el «Inventario del Patrimonio Artístico y Arqueológico de España» que se elaboró en 1975 en el marco del Año Arquitectónico Europeo.[4]