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agente químico que actúa sobre el sistema nervioso central, provocando cambios temporales en la percepción, en el estado de ánimo, en el estado de conciencia y en el comportamiento De Wikipedia, la enciclopedia libre
Se denomina psicoactivo o sicoactivo a toda sustancia química que, al introducirse al cuerpo humano y luego pase al torrente sanguíneo ejerza un efecto directo sobre el sistema nervioso central y que ocasione cambios en los procesos mentales (ej. cognición o afectividad).[1][2][3] A pesár de llevar "activo" en su nombre, no necesariamente activa al sistema nervioso[4].
En ocasiones, se les llama a los psicotrópicos (del griego psykhe, 'alma', y tropos, 'girar, tornar')[5][6]. En la literatura académica internacional es aceptado el uso intercambiable de ambos términos. [7][8][9]
El consumo de sustancias psicoactivas está documentada desde hace miles de años. Históricamente, las sustancias psicoactivas se han usado para contextos médicos, rituales, religiosos y para usos aprobados culturalmente (por ejemplo: opio, alcohol, nicotina, cafeína, cocaína, morfina, etc).[10]
Las diferentes culturas a lo largo de la historia han utilizado sustancias psicotrópicas, con el propósito de alterar deliberadamente el estado de la mente. El uso de estas sustancias para empleos recreativos es un fenómeno extendido relacionado con procesos delictivos debido a la criminalización de la producción, venta y consumo de muchas de ellas. La producción y distribución son entonces asumidos por traficantes ilegales de drogas.
En la actualidad, muchos psicotrópicos son utilizados en medicina para el tratamiento de condiciones neurológicas o psiquiátricas (psicofármacos). Los fármacos cuya acción terapéutica afecta principalmente otro sistema o aparato y que solo presentan efectos psicoactivos secundarios (como los antihistamínicos, betabloqueantes y algunas hormonas) no se consideran psicotropos/psicoactivos.
Los psicotrópicos ejercen su acción modificando ciertos procesos bioquímicos o fisiológicos cerebrales. Los mensajes entre las distintas células nerviosas (neuronas) se transmiten a través de estímulos químicos y los mensajes intraneuronas se transmiten a través de estímulos eléctricos. Las neuronas no entran en contacto directo entre sí; en las sinapsis el mensaje se transmite por medio de neurotransmisores. La mayoría de los psicotrópicos actúan alterando el proceso de neurotransmisión, estimulando o inhibiendo la actividad. Otros, como las sales de litio, actúan modificando la permeabilidad de la membrana neuronal y se emplean en el tratamiento del trastorno bipolar permitiendo reducir las crisis que afectan a estos pacientes. Siguiendo el criterio de la acción que ejercen sobre el sistema nervioso central, las sustancias psicoactivas se suelen clasificar en depresoras, estimulantes o alucinógenos.
ANTIPSICÓTICOS | |||||
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Tranquilizantes mayores Antipsicóticos atípicos Antipsicóticos típicos | |||||
ESTIMULANTES | quetiapina olanzapina | haloperidol clorpromazina | DEPRESORES | ||
Aminas simpaticomiméticas anfetaminas khat |
Aminocetonas |
ISRS |
Benzodiazepinas clonazepam diazepam |
||
Piperazinas Benzylpiperazina |
Colinérgicos |
otros sedantes hipnóticos alcohol éter GHB | |||
Metilxantinas |
Feniletilaminas |
Cannabinoides |
Disociativos Ketamina |
Analgésicos narcóticos opio | |
Triptaminas |
Anticolinérgicos Atropina |
Otros | |||
ALUCINÓGENOS |
Se considera que una sustancia psicoactiva genera adicción en su consumidor cuando genera síndrome de abstinencia al dejar de consumirla. Sin embargo, no todas tienen ese efecto.
Se considera que una sustancia psicoactiva genera dependencia en su consumidor cuando cumple al menos tres de cuatro requisitos:
Advertencia: Wikipedia no es un consultorio médico.
Bajo cuatro ámbitos principalmente: químico, legal, psicopatológico.
Por su estructura química, entendiéndose los siguientes grupos:
Son medicamentos o no, permitidas desde el punto de vista legal, que incorporadas al organismo determinan un cambio en el mismo, actuando sobre el Sistema Nervioso Central. Por mencionar algunos: el alcohol, el tabaco, el azúcar, la cafeína, los fármacos psicotrópicos (tranquilizantes, las anfetaminas, los analgésicos, los barbitúricos), entre otros. Su utilización no está prohibida por la ley. De manera general se clasifican según sus efectos en estimulantes o depresoras. La adicción a sustancias legales (farmacodependencia), sin la debida prescripción médica, puede provocar en el individuo efectos indeseables y nocivos para la salud humana. En algunos casos puede darse su uso ilegal cuando se produce por fuera de una prescripción médica que responde a un plan terapéutico.
En algunos países, los cannabinoides son totalmente legales o con cierto nivel de legalidad; por ejemplo, exclusivamente para estudio o uso médico.
Son aquellos que atenúan o inhiben los mecanismos cerebrales de la vigilia actuando como calmantes o sedantes. En este grupo se encuentran drogas como el alcohol, los opioides y opiáceos, los cannabinoides, las benzodiazepinas, los barbitúricos y los inhalantes.
Actúan acelerando los procesos mentales, haciendo que la persona que las consume se sienta más alerta y eufórica, aumentan la actividad motriz y se estimula el sistema cardiovascular. Las más conocidas son: la cocaína, la pasta base, las anfetaminas (incluye éxtasis), cafeína y la nicotina (en menor medida).
Son aquellas sustancias que alteran la percepción, provocando estados alterados o «distorsionados» en la consciencia. Manifestando agudeza en las sensaciones y pensamientos, a través de la vista, el tacto e incluso el gusto, el olfato y la audición. Las más conocidas son el LSD y la mescalina. Otros son los inhalantes y chamico que también son depresores, pensando también en sustancias psicoactivas, al igual que cierto tipo de hongos.
Son aquellas que sin producir otros efectos (como los anteriormente mencionados), alteran el funcionamiento normal y corriente del SNC, dependiendo precisamente del estado mental del individuo para producir sus efectos. Entre las sustancias más famosas que provocan estos síntomas, encontramos a la cannabis sativa. La que provoca relajación, aumento de los sentidos, pasividad y reflexión, dependiendo de su dosis, forma de consumo, variedad e interacción con otras drogas como el alcohol.
Los datos tabulados más abajo se basan en la legislación actualmente vigente en Estados Unidos, que es instrumentada por la DEA (Drug Enforcement Agency). Coinciden mayoritariamente con las listas establecidas en el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971; incluyen además una de serie de sustancias descubiertas con posterioridad a dicho tratado. Cada país firmante del acuerdo ha variado con el tiempo el estatus de algunas drogas, generalmente por asuntos internos relacionados con políticas de farmacovigilancia.
Todas las sustancias incluidas en las listas, son «sustancias controladas», con grados variables de regulación estatal. En el caso de las drogas de la lista I, se caracterizan por no tener uso terapéutico reconocido y por su gran potencial de abuso. En la lista II, se encuentran sustancias también asociadas a dependencia, pero con indicaciones médicas legitimadas: nótese que incluso la cocaína está en lista II y no en lista I, a causa de su utilidad como anestésico local de las mucosas. Las drogas de lista II solo son accesibles con documentación oficial; están bajo supervisión internacional y sujetas a cuotas de producción preestablecidas. Las listas III y IV se caracterizan por un menor potencial de abuso y no son objeto de fiscalización; además son accesibles, por lo general, con recetas médicas comunes.
Algunas sustancias, en particular, permanecen en la lista I provisionalmente, pero podrían ser legalizadas a medio plazo, dado que están en fase avanzada de ensayos clínicos para validar su uso medicinal, o bien ya han sido aceptadas por la FDA (Administración de Alimentos y Drogas) de Estados Unidos como tratamiento legítimo para condiciones puntuales. El primero es el caso del MDMA (conocido comúnmente como "éxtasis") y el último caso cabe para el GHB (Xyrem), ambos han sido propuestos para lista II y lista III, respectivamente.
Los compuestos enumerados a continuación tienen en común propiedades «psicoanalépticas», esto es, tienden a activar o amplificar la transmisión de las señales nerviosas. Esta clasificación no es exhaustiva, ya que hay casos particulares como el PCP (fenciclidina), que bien podrían estar en otros grupos. Sin embargo, en la mayoría de los casos este criterio es útil para diferenciar estas sustancias de aquellas que promueven depresión generalizada o selectiva del SNC. Dentro del grupo de los psicoanalépticos se encuentra, como es de esperar, la clase de los fármacos psicoestimulantes, además de los agentes antidepresivos, y algunas de las denominadas «drogas visionarias» o «drogas psicodélicas» (como el LSD, la mescalina, la psilocibina) y «entactógenas» (como el MDMA, el 2-CB).
Lista I | Lista II | Lista III | Lista IV | Excluidos |
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Aminocetonas
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Anfetaminas |
|
Aminocetonas
|
En la siguiente tabla, se clasifican de acuerdo con su estatus legal una serie de agentes depresores del SNC. La acción depresora de estas drogas presenta, según los casos, diferentes grados de potencia, de selectividad y opera por mecanismos también distintos. En este grupo están incluidos los llamados «tranquilizantes menores», que son ansiolíticos como las benzodiazepinas, y también los barbitúricos. También, drogas como el GHB o el alcohol etílico. Por otro lado, también están entre los psicotropos depresores los «tranquilizantes mayores», término que se suele utilizar para referirse a los fármacos antipsicóticos.
Como podrá suponerse, los antipsicóticos no son fármacos normalmente asociados con fenómenos de abuso. Por esto en Estados Unidos y otros países el circuito de estos fármacos no es monitoreado por organismos federales. No obstante, se trata de agentes psicotropos y su administración sin supervisión médica, incluso a dosis bajas, puede conducir a efectos colaterales de relevancia. En particular, su uso crónico se correlaciona con el síndrome de diskinesia tardía, caracterizado por síntomas similares al parkinsonismo, con pérdida irreversible del movimiento voluntario.
Lista I | Lista II | Lista III | Lista IV | Excluidos |
---|---|---|---|---|
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Barbitúricos
|
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|
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