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secretaría de Estado en México De Wikipedia, la enciclopedia libre
La Secretaría de Bienestar es una de las diecinueve secretarías de Estado que, junto con la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, conforman el gabinete legal del presidente de México. Es el despacho del poder ejecutivo federal con funciones de ministerio de Desarrollo Social. Antes del 1 de diciembre de 2018 su nombre era Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol).[1]
Secretaría de Bienestar | ||||
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Sede de la Secretaría de Bienestar | ||||
Localización | ||||
País | México | |||
Localidad | Ciudad de México | |||
Coordenadas | 19°26′04″N 99°09′15″O | |||
Información general | ||||
Jurisdicción | México | |||
Tipo | Secretaría de Estado | |||
Sede |
Av. Paseo de la Reforma 116 Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc Ciudad de México C.P. 06600 | |||
Organización | ||||
Secretario | Ariadna Montiel Reyes | |||
Entidad superior | Presidente de México | |||
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Historia | ||||
Fundación | 1959 como Secretaría de Obras Públicas | |||
Sucesión | ||||
Sitio web oficial | ||||
Es la encargada de diseñar, planear, ejecutar y coordinar las políticas públicas en materia de bienestar social y calidad de vida. Lo anterior incluye la realización de programas sociales que combatan la marginación, atendiendo las principales causas de la misma; instrumentar proyectos de inclusión para grupos vulnerables (niños, adolescentes, tercera edad y discapacitados); convenir con los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) las adecuaciones a programas sociales y la solución de necesidades específicas, mismas de las que será responsable de evaluar; vigilar, en coordinación con la Secretaría de Hacienda, el uso de recursos públicos para programas sociales; operar y dirigir el Programa Prospera; fomentar el desarrollo económico a partir del sector social; fomentar las sociedades cooperativas y demás formas de organización colectiva que impulsen el desarrollo de zonas marginadas.[2]
Desde su creación en 1959 con la denominación de Secretaría de Obras Públicas, la secretaría ha tenido los siguientes cambios de denominación:
Según la ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su artículo 32 le corresponde el despacho de las siguientes funciones:[2]
- I. Fortalecer el bienestar, el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el país mediante la instrumentación, coordinación, supervisión y seguimiento, en términos de ley y con los organismos respectivos, de las políticas siguientes:
- a) Combate efectivo a la pobreza;
- b) Atención específica a las necesidades de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como de los colonos y marginados de las áreas urbanas; y
- c) Atención preponderante a los derechos de la niñez, de la juventud, de los adultos mayores, de los pueblos indígenas y de las personas con discapacidad;
- II. Formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza;
- III.- Coordinar las acciones que incidan en el bienestar de la población, el combate a la pobreza y el desarrollo humano, fomentando un mejor nivel de vida;
- IV. Fomentar las actividades realizadas por organizaciones de la sociedad civil;
- V. Fomentar las actividades de las organizaciones de la sociedad civil en materia de bienestar, combate a la pobreza y desarrollo humano;
- VI. Coordinar, concretar y ejecutar programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como de los colonos de las áreas urbanas, para elevar el nivel de vida de la población, con la intervención de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y de los gobiernos estatales y municipales y, con la participación de los sectores social y privado;
- VII. Impulsar políticas y dar seguimiento a los programas de inclusión social y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de los diferentes niveles de gobierno;
- VIII. Elaborar políticas públicas y dar seguimiento a los programas de apoyo e inclusión de los jóvenes a la vida social participativa y productiva;
- IX. Impulsar las políticas públicas y dar seguimiento a los programas de inclusión y atención de los adultos mayores y sus derechos;
- X. Fomentar las políticas públicas y dar seguimiento a los programas que garanticen la plenitud de los derechos de las personas con discapacidad;
- XI. Impulsar a través del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada políticas públicas en materia de asistencia social e integración familiar, en coordinación con el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia;
- XII. Promover la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para fortalecer el desarrollo e inclusión social, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales y con la participación de los sectores social y privado;
- XIII. Coadyuvar en las políticas públicas que garanticen el pleno ejercicio de los derechos y el desarrollo de los pueblos indígenas;
- XIV. Formular, conducir y evaluar la política de fomento y desarrollo del sector social de la economía;
- XV. Fomentar la organización y constitución de toda clase de sociedades cooperativas, cuyo objeto sea la producción industrial, la distribución o el consumo, y
- XVI. Fomentar y apoyar a las unidades de producción familiar rural de subsistencia;
- XVII. Participar en la coordinación e instrumentación de las políticas de desarrollo rural para elevar el nivel de bienestar de las familias, comunidades y ejidos;
- XVIII. Coadyuvar en el diseño e implementación de políticas públicas orientadas a fomentar la agroforestería, la productividad, la economía social y el empleo en el ámbito rural y a evitar la migración de las áreas rurales;
- XIX. Impulsar programas para promover la corresponsabilidad de manera equitativa entre las familias, el Estado y las instituciones de asistencia social y privada, para el cuidado de la niñez y de los grupos vulnerables;
- XX. Coordinar, en conjunto con la Coordinación General de Programas para el Desarrollo, las Delegaciones Estatales de Programas para el Desarrollo de las Entidades Federativas, así como la planeación, ejecución y evaluación de los planes, programas y acciones que desarrollen;
- XXI. Integrar, mantener y actualizar un sistema de información con los padrones de beneficiarios de programas sociales de la Administración Pública Federal, así como depurar sus duplicidades, y
- XXII. Las demás que le encomienden expresamente las leyes y reglamentos.
La composición administrativa para el cumplimiento de sus funciones es la siguiente:[3]
Tipo | Entidad | Acrónimo | |
---|---|---|---|
Órganos administrativos desconcentrados | Instituto Nacional de Desarrollo Social | ||
Instituto Nacional de la Economía Social | |||
Organismos descentrantralizados | Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad | CONADIS | |
Instituto Mexicano de la Juventud | IMJUVE | ||
Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores | INAPAM |
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