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Gobiernos regionales del Perú

institucion pública administrativa de Perú De Wikipedia, la enciclopedia libre

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Los gobiernos regionales del Perú son veinticinco instituciones públicas encargadas de la administración superior de cada uno de los departamentos.[1] Son considerados personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Los gobiernos regionales del Perú se componen de dos órganos: un Consejo Regional y un gobernador regional (hasta antes de 2015 se usó el término de presidente regional).[2]

Según el ordenamiento jurídico peruano, la gestión de los gobiernos regionales corresponde al gobierno a nivel regional. Este nivel de gobierno fue introducida en la legislación peruana con la puesta en vigencia de la Constitución del 79, se aplicó de acuerdo a ese modelo constitucional desde enero de 1990, en que se instalaron los primeros gobiernos regionales elegidos en 1989, hasta abril de 1992, en que el auto golpe de Estado dado por Alberto Fujimori los dejó sin efecto. Se reinició su activación en la forma que en la actualidad lleva a partir de los años 2000, al modificarse la constitución para añadirla. En el proceso que se contempla en ella y en el orden jurídico peruano, todos los departamentos del país se han integrado para conformar regiones mediante referéndum hasta que la totalidad del territorio se encuentre regionalizado, salvo la provincia constitucional del Callao y la provincia de Lima, que tiene autonomía, atribuciones y facultades semejantes a las de un gobierno regional por ser capital nacional, pese a no formar ninguna región de manera oficial.

De acuerdo con la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales del Perú las responsabilidades de los gobiernos regionales incluyen el desarrollo de la planificación regional, ejecución de proyectos de inversión pública, promoción de las actividades económicas y administración de la propiedad pública.[3][4]

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Estructura

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Contexto

Los gobiernos regionales están constituidos por:

  • El Consejo Regional (órgano normativo y fiscalizador), está integrado por:
    • El presidente regional, desde 2015 se les nombra «gobernador»
    • El vicepresidente regional, «vicegobernador» desde 2015
    • Los consejeros regionales de las provincias de cada región y cada departamento, con un mínimo de 7 y un máximo de 25. Son elegidos por voto directo por un periodo de 4 años.
La Ley Orgánica de Gobiernos Regionales estipula la transferencia gradual de las funciones del gobierno central a las regiones, una vez determinada su acreditación como capaz de embarcarse en esas tareas.[5] Para supervisar este proceso, la Ley de Bases de la Descentralización creó el Consejo Nacional de Descentralización.[6] Sin embargo, esta institución fue criticada de ser burocrática e inefectiva por el gobierno de Alan García, expresidente del Perú. Por eso, el 24 de enero de 2007, el consejo fue abolido y reemplazado por la Secretaría de Descentralización, una dependencia del despacho del primer ministro.[7] Dos meses después, los presidentes regionales reunidos en la ciudad de Huánuco establecieron una Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales como una institución de coordinación alternativa, independiente del Gobierno Central.[8]
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Financiamiento

Son bienes y tributos de los gobiernos regionales:

  • Los bienes muebles e inmuebles de su propiedad.
  • Las asignaciones y transferencias específicas para su funcionamiento, que se establezcan en la Ley Anual de Presupuesto.
  • Los tributos creados por Ley a su favor.
  • Los derechos económicos que generen por las privatizaciones y concesiones que otorguen y aquellos que perciban del gobierno nacional por el mismo concepto.
  • Los recursos asignados del Fondo de Compensación Regional.
  • Los recursos asignados por concepto de canon.
  • El producto de sus operaciones financieras y las de crédito interno concertadas con cargo a su patrimonio propio. Las operaciones de crédito externo requieren el aval o garantía del Estado y se sujetan a la ley de endeudamiento público.
  • Sus ingresos propios y otros que determine la ley.
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Gobernadores

Más información Región, Gobernador ...
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Asamblea de Gobiernos Regionales

La Asamblea de Gobiernos Regionales (ANGR) es un organismo coordinador integrado por los veinticinco gobernadores regionales.[9] Busca generar nuevos caminos para la descentralización y la formación de macrorregiones. La asamblea designa a un coordinador, quien es uno de los presidentes de región. Puede sesionar en cualquier lugar del país con el fin de discutir temas importantes para el país, generar acuerdos y proponer distintos proyectos al gobierno central. Con cierta regularidad, las sesiones plenarias se realizan con la presencia del presidente y/o del primer ministro, sobre todo para discutir el presupuesto anual.

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Lista de gobiernos regionales

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Véase también

Referencias

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Enlaces externos

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