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ordenamiento jurídico medieval por el que se regían los pueblos que integran la Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda De Wikipedia, la enciclopedia libre
El fuero de Sepúlveda fue un ordenamiento jurídico medieval por el que se regían los pueblos que integran la Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda. Su texto reproduce privilegios otorgados en 940 por el conde Fernán González[1]
Fuero de Sepúlvedo | ||
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Carta Puebla de la Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda | ||
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Extensión teritorial | Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda | |
Hecho por | Fernán González | |
Historia | ||
Publicación | 940 | |
Entrada en vigor | 940 | |
Legislación relacionada | ||
Derogada por | No se derogó oficialmente pero tras la muerte de Fernando VII el 29 de septiembre de 1833 ningún monarca volvería a confirmar el fuero. | |
Fue confirmado en 1076 por Alfonso VI de León y ratificado por el rey Fernando IV de Castilla en 1305.[2][3]Aunque no se derogó de manera oficial, tras la muerte de Fernando VII el 29 de septiembre de 1833, ningún monarca volvería a confirmar el fuero y en la actualidad la Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda camufla el fuero dentro de un reglamento de régimen interior aprobado en 1926 y reformado en varias ocasiones hasta 1995.[1]
Su relevancia en el proceso de la Reconquista motivó que posteriormente fuera aplicado a otras localidades, como Roa o Uclés (1179) en el Reino de Castilla y Teruel (1172) en el Reino de Aragón.[4]
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