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El Acto Institucional Nº 4 fue uno de los veinte Actos Institucionales o Decretos Constitucionales expedidos durante la última dictadura cívico-militar en Uruguay, entre 1976 y 1984. Todos ellos fueron inconstitucionales e implicaron el ejercicio de facto del Poder Constituyente. Mediante este Acto, las Fuerzas Armadas proscribieron la participación política de 15.000 ciudadanos uruguayos por el plazo de quince años.
En junio de 1976, la Junta de Oficiales de las Fuerzas Armadas destituyó a Juan María Bordaberry porque consideró que su propuesta de eliminar los partidos políticos era muy arriesgada. Así, las Fuerzas Armadas nombraron interinamente a Alberto Demicheli, quien desde 1974 y hasta ese entonces había sido el presidente del Consejo de Estado.
Entre el 12 de junio y el 1 de septiembre de 1976, Demicheli ocupó la Presidencia y firmó, en ese período, el Acto Institucional Nº 1, que suspendió las elecciones previstas para noviembre de 1976, y el Acto Institucional Nº 2, por el que se crea el Consejo de la Nación. Entre sus cometidos, el nuevo organismo debía designar a los futuros presidentes del país.
El 26 de agosto el Consejo de la Nación nombró a Aparicio Méndez como primer mandatario por un período de cinco años (1976-1981). El 1 de septiembre, Méndez asumió el cargo firmando el Acto Institucional Nº 4 (que Demicheli no había querido suscribir). El objetivo del régimen cívico-militar era “sanear” los partidos políticos y ponerlos en sintonía con sus objetivos. En entrevistas a medios de comunicación por su asunción, Méndez afirmó que los partidos tradicionales sólo podían "ser eliminados por la historia y no por ningún gobierno ni por ningún decreto" (como sí lo había planteado el depuesto dictador Juan María Bordaberry), pero que debían "ser depurados, regulados y reorganizados".[1]
Promulgado como decreto constitucional, el Acto Institucional Nº 4, citando “las situaciones creadas en el país por obra de la subversión y la inercia de los partidos políticos, sobre cuyos dirigentes gravitó el cargo de la descomposición institucional que diera origen al decreto de 27 de junio de 1973”, prohibió por quince años el ejercicio de todas las actividades políticas que autorizaba la Constitución a tres clases de personas:
Asimismo, por el mismo Acto se estableció una Comisión Interpretativa, integrada por un representante del Poder Ejecutivo (el ministro del Interior, general Hugo Linares Brum), otro por el Consejo de Estado (Enrique Viana Reyes) y un tercero por la Junta de Comandantes en Jefe (contralmirante Francisco Sangurgo). Su misión era pronunciarse sobre los casos que se plantearan de oficio o a petición de parte. "Este riguroso régimen de proscripciones tendió a marginar del proceso de reestructuración partidaria tradicional, que el gobierno concebía como necesaria, a los cuadros dirigentes anteriores a la crisis de 1973".[3]
Por el denominado Acto Institucional N° 6, promulgado el 19 de enero de 1977, fueron intervenidas la Corte Electoral, la Oficina Nacional Electoral y las Juntas Electorales Departamentales.[4]
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