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El presidente de la República del Níger (en francés: Président de la République du Niger) es el jefe del Estado de la República del Níger; garantiza la independencia nacional, la unidad, la integridad del territorio, el respeto a la Constitución y asegura el regular funcionamiento de los poderes públicos y la continuidad del Estado. Ejerce como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas.
Presidente de la República del Níger | ||
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Cargo disputado | ||
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Disputado entre Hassoumi Massoudou (Presidente del Consejo Nacional para la Salvaguardia de la Patria) | ||
Sede | Niamey | |
Residencia | Palacio Presidencial | |
Tratamiento | Excelentísimo Señor | |
Duración | 5 años (reelegible para otro mandato) | |
Designado por | Voto popular | |
Creación | 10 de noviembre de 1960 | |
Primer titular | Hamani Diori | |
Desde el Golpe de Estado en Níger de 2023 y el consecuente derrocamiento del presidente Mohamed Bazoum, el puesto esta disputado entre Hassoumi Massaoudou, quién se declaró presidente interino del país desde el 27 de julio de 2023 habiéndose desempeñado como Ministro de Relaciones Exteriores durante el gobierno de Bazoum,[1] y Abdourahamane Tchiani, quién preside desde el 28 de julio de 2023 el Consejo Nacional para la Salvaguardia de la Patria (junta militar formada tras el golpe de Estado).[2]
Si por algo se caracteriza la presidencia del país es por su inestabilidad, así, desde 1960 ha sufrido cinco golpes de Estado y varios gobiernos militares. El primer presidente Hamani Diori había ejercido como primer ministro durante el régimen de autonomía, concedido por Francia a sus colonias, previo a la independencia del país. Sin embargo su administración estuvo manchada por una fuerte corrupción. Una catastrófica hambruna expandida por todo el país fue el resultado del deterioro del Sahel a comienzos de la década del 70. Los desórdenes civiles fueron seguidos por acusaciones de desviaciones de los stocks de ayuda alimentaria por algunos ministros. En 1974 fue destituido y arrestado por Seyni Kountché, jefe del Estado Mayor, que ejercerá como Presidente del Consejo Militar Supremo.
Los partidos políticos fueron prohibidos, la Constitución suspendida y la Asamblea Nacional disuelta. El primer gobierno formado estaba exclusivamente compuesto por oficiales, y la Asamblea Nacional fue reemplazada por un Consejo Nacional para el Desarrollo (CND). Se mantuvieron relaciones generalmente amistosas con Francia, y se crearon nuevos lazos con los Estados árabes. El régimen militar de Kountché se mantuvo estable hasta su fallecimiento el 10 de noviembre de 1987. Su sucesor en el Consejo Militar Supremo fue Ali Seibou. En 1989 hizo aprobar una nueva Constitución, y se presentó como el único candidato presidencial en diciembre de ese año.
Las protestas de los años 90 provocaron la caída del régimen de Seibou. Las elecciones presidenciales de 1993 dieron la victoria, en segunda vuelta, a Mahamane Ousmane líder de la coalición Alianza de las Fuerzas del Cambio. Pero la vuelta a la democracia no fue tranquila y en poco tiempo se produjo un conflicto político entre el presidente y el primer ministro Hama Amadou que derivaron en algunas medidas anticonstitucionales por parte de ambos. Finalmente, en enero de 1996 el Jefe del Estado Mayor, Ibrahim Baré Maïnassara, dio un golpe de Estado y asumió el poder. El nuevo hombre fuerte del país estableció una nueva constitución y convocó elecciones de dudosa limpieza, tras lo cual fue elegido presidente.
El presidente interfirió en los resultados electorales locales ante el avance de la oposición. Esto provocó el aumento de las protestas y Maïnassara fue muerto a tiros por soldados en el aeropuerto de Niamey, cuando se aprestaba a abordar un helicóptero. Como resultado de este nuevo golpe de Estado, la jefatura del Estado quedó en manos de Daouda Malam Wanké que dirigió un gobierno de transición que prometió celebrar elecciones a fines de ese año. El gobierno de Wanké cumplió su promesa, y entregó el poder al presidente electo, Tandja Mamadou, en diciembre de 1999.
Tandja dio algunas prioridades a su mandato: primeramente restablecer los contactos con los arrendadores de los fondos internacionales y ofrecerles garantías de estabilidad y de liberalismo económico; prioridad crucial ya que el Níger, país que se encuentra entre los más pobres del mundo, depende en gran proporción de las ayudas internacionales. Pero varias medidas suscitaron protestas por todo el país y en un amotinamiento de unidades de militares. Mamadou fue releecto en las elecciones presidenciales de 2004. Para las elecciones de noviembre de 2009 Tandjo comunicó su intención de extender su mandato (constitucionalmente solo se podía presentar a dos mandatos) y seguir en el poder. Ese mismo año, en 2009 suspendió la constitución y convocó a una reforma que le permitiera perpetuarse en el poder, aprobada por la asamblea nacional.
El 18 de febrero de 2010 un golpe de Estado dirigido por Salou Djibo entró a la casa presidencial y arrestó al presidente y a su gabinete haciéndose con el poder. Los militares alzados señalaron que quería hacer a este país una nación libre y democrática, y la causa del golpe fue por la extensión del mandato presidencial de Tandjo. El Consejo Supremo para la Restauración de la Democracia liderado por el comandante Djibo se mantuvo en el poder hasta la celebración de las elecciones presidenciales de 2011.
El nuevo presidente fue Mahamadou Issoufu que tras dos mandatos consecutivos (2011-2021) fue el único presidente en la historia del país que cumplió su mandato según dicta la constitución del país. En la elecciones presidenciales de 2020-2021 fue elegido Mohamed Bazoum. La presidencia de Bazoum ha estado caracterizada por la tensión con la oposición y los intentos de golpe de Estado.
Como consecuencia del golpe de Estado de julio el presidente Bazoum ha sido destituido y arrestado por miembros de la Guardia Presidencial. La situación es caótica, en un primer momento el ministro de Asuntos Exteriores, Hassoumi Massaoudou, leal al presidente se proclamó presidente en funciones. Sin embargo, las fuerzas rebeldes eligieron a Abdourahamane Tchiani, jefe de la Guardia Presidencial, como jefe de Estado y presidente del Consejo Nacional para la Salvaguardia de la Patria.
Según la constitución de 2017, el presidente de la República es elegido a través de elecciones presidenciales mediante voto universal directo. Para ser elegidos, los candidatos deben contar con una serie de características como tener nacionalidad nigerina de origen, una buena salud física y mental, buena moralidad, disfrutar de todos sus derechos civiles y políticos y tener al menos 35 años en el momento de presentar su candidatura (artículo 47).
Según el artículo 48, el presidente deberá ser elegido tras dos vueltas electorales, si en una primera vuelta el candidato no ha conseguido mayoría absoluta de los votos. La convocatoria de elecciones será decretad por el Consejo de Ministro, del que forma parte el presidente, y se hará entre 90 y 120 días antes de que expire el mandato presidencial en vigor. La corte Constitucional determinará el vencedor de las elecciones en período máximo de 21 días después de la publicación de los resultados. Después de 72 horas de esta publicación no se aceptará ningún tipo de reclamación sobre los resultados. En caso de muerte, retirada o incapacidad de uno o de varios candidatos, los siguientes serán presentados para la segunda vuelta en función del orden de la primera vuelta.
El mandato presidencial se inicia en la misma fecha que expira el anterior mandato (artículo 49). El presidente es elegido para un mandato de cinco años que puede ser renovado, pero en ningún caso podrá ampliar estos dos mandatos consecutivos o no (artículos 47 y 49). El presidente deberá jurar su cargo y firmar una declaración de bienes (actualizada cada año) que será controlada por el Tribunal de Cuentas (artículo 51). Durante dicho mandato, el presidente no podrá comprar o arrendar propiedades estatales, presidir ningún órgano directivo de su partido político ni ejercer cualquier otro cargo público o privado (artículo 52)
En caso de muerte, renuncia, cese o impedimento absoluto, las funciones de presidente de la República serán provisionalmente ejercidas por el presidente de la Asamblea Nacional y, si este último está impedido también, por los vicepresidentes de la Asamblea Nacional en el orden de precedencia. En caso de incapacidad física o psíquica total, el presidente quedará inhabilitado para el ejercicio de la presidencia. Para los casos de incapacidad total, esta deberá ser declarada por la Corte Constitucional y votada por 2/3 de la Asamblea Nacional. (artículo 53).
En cualquier caso, la presidencia interina deberá convocar elecciones presidenciales entre los 90 y 120 días después de la interinidad. Durante la interinidad se ejercerán las facultades constitucionales propias del presidente exceptuando decretar la disolución de la Asamblea Nacional, la convocatoria de referéndum o la acreditación de embajadores nacionales y extranjeros.
En caso de ausencia del presidente, enfermedad temporal o vacaciones, el primer ministro ejercerá las funciones presidenciales que el presdidente delegue (artículo 56).
Según el artículo 56 de la constitución nigerina, el presidente de la República ejerce la jefatura del Estado y el poder ejecutivo junto al gobierno. Dentro de sus facultades está el nombrar o cesar al primer ministro, y a propuesta del primer ministro, al resto de ministros del Gobierno. El presidente preside el Consejo de Ministros (puede delegar su presidencia en el primer ministro) y coordina su acción con el primer ministro (artículo 57). El presidente de la República promulga las leyes dentro de los quince días (5 en caso de urgencia) que siguen a la votación por la Asamblea Nacional aunque puede, antes de la expiración del plazo, puede exigir una segunda deliberación de la ley o de algunos artículos. Si después de una segunda lectura, la Asamblea Nacional vota el texto por mayoría absoluta de sus miembros, la ley se promulga de pleno derecho y se publica conforme al procedimiento de urgencia (artículo 58).
Como jefe de Estado Puede someter a referéndum, previa deliberación con la Asamblea Nacional y el presidente de la Corte Constitucional, cualquier tema o ley (artículo 60). Las funciones del presidente también afectan a la política exterior del país, ya que es potestad del presidente dirigir la política exterior, nombra a los embajadores de Níger en el extranjero y acreditar a los embajadores extranjerostí (artículo 61). En materia de defensa, el presidente ejerce como comandante en jefe de las fuerzas armadas, dirige la defensa del país y preside los organismos y consejos de defensa militar (artículos 63,64 y 65). El presidente ejerce el derecho de gracia (artículo 72). También dentro de sus facultades esta el nombramiento de cargos civiles y militares a propuesta del gobierno (artículo 82).
En los casos en que las instituciones de la República, la independencia de la Nación, la integridad del territorio nacional o la ejecución de los compromisos internacionales están amenazados de manera grave e inmediata, y el regular funcionamiento de la función pública este interrumpidos, el presidente de la República podrá tomar medidas excepcionales. Así, según el artículo 67 el presidente, previa deliberación con el primer ministro, el presidente de la Asamblea Nacional y el presidente de la Corte Constitucional, informará a la nación de las medidas excepcionales tomadas. El poder legislativo reunido deberá votar por mayoría absoluta, la duración de los poderes de emergencia así como su fin en caso de abuso de poder.
El presidente también ejerce la presidencia del Consejo de la República (artículo 69) con el fin de prevenir y resolver las crisis institucionales y políticas, de manera consensuada, dentro del respeto a la Constitución. El Consejo de la República emite su opinión sobre las materias a que se refiere. El Consejo de la República está constituido por: el presidente de la República; el presidente de la Asamblea Nacional; el primer ministro; los expresidentes de la República y ex jefes de Estado; y por el líder de la oposición.
El presidente de la República es el encargado de firmar los decretos deliberados en el Consejo de Ministros (artículo 70).
El presidente de la República es el encargado de dirigirse a la Asamblea Nacional mediante discurso (artículo 96). El presidente de la República puede, previa consulta al presidente de la Asamblea Nacional y el primer ministro, decretar la disolución de la Asamblea Nacional (artículo 59). No obstante, el presidente no podrá proceder a una nueva disolución dentro de los veinticuatro meses siguientes a la elecciones.
Por su parte la Asamblea Nacional es la encargada de aprobar la declaración de guerra y el envío de tropas al extranjero (artículo 104); aprobar la ampliación del estado de emergencia y de sitio (artículo 105). El gobierno es responsable ante la Asamblea Nacional, por lo que una moción de confianza o de censura no superada obligará a la comunicar la dimisión del gobierno al presidente de la República (artículo 108).
En la relación entre el primer ministro, como jefe del Gobierno, y el presidente de la República como jefe del Estado puede existir la cohabitación. Así, según el artículo 81 de la Constitución establece que:
Cuando no concurran la mayoría presidencial y la mayoría parlamentaria, el primer ministro será designado por el presidente de la República de una lista de tres notables personas propuestas por la mayoría de la Asamblea Nacional. El presidente de la República pone fin a las funciones del primer ministro cuando este presente su dimisión. Se nombran los ministros encargados de la Defensa Nacional y de Relaciones Exteriores por mutuo acuerdo del presidente de la República y el primer ministro.
Espectro político |
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PPT/RDA MNSD-Nassara CDS/RDA RDP-Jama'a PNDS Militar |
# | Nombre | Inicio | Final | Partido | Elecciones | ||
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1.º | Hamani Diori (1916-1989) Presidente de la República |
11 de noviembre de 1960 15 de abril de 1965 10 de noviembre de 1970 |
15 de abril de 1965 10 de noviembre de 1970 15 de abril de 1974 |
PPN/RDA | 1960 1965 1970 | ||
- | Seyni Kountché (1931-1987) |
Presidente del Consejo Militar Supremo | Militar | - | |||
15 de abril de 1974 | 10 de noviembre de 1987 | ||||||
- | Ali Saibou (1940-2011) |
Presidente del Consejo Militar Supremo | Militar | - | |||
10 de noviembre de 1987 | 17 de mayo de 1989 | ||||||
Presidente del Consejo de Orientación Nacional Supremo | |||||||
17 de mayo de 1989 | 20 de diciembre de 1989 | ||||||
2.º | Presidente de la República | MNSD-Nassara | 1989 | ||||
20 de diciembre de 1989 | 16 de abril de 1993 | ||||||
3.º | Mahamane Ousmane (n.1950) Presidente de la República |
16 de abril de 1993 | 27 de enero de 1996 | CDS/RDA | 1993 | ||
- | Ibrahim Baré Maïnassara (1949-1999) |
Presidente del Consejo de Salvación Nacional | Militar | - | |||
27 de enero de 1996 | 7 de agosto de 1996 | ||||||
4.º | Presidente de la República | RDP-Jama'a | 1996 | ||||
7 de agosto de 1996 | 9 de abril de 1999 | ||||||
- | Daouda Malam Wanké (¿-2004) |
Presidente del Consejo de Reconciliación Nacional | Militar | - | |||
9 de abril de 1999 | 22 de diciembre de 1999 | ||||||
5.º | Mamadou Tandja (1938-2020) Presidente de la República |
22 de diciembre de 1999 18 de diciembre de 2004 |
18 de diciembre de 2004 18 de febrero de 2010 |
MNSD-Nassara | 1999 2004 | ||
- | Salou Djibo (n.1965) |
Presidente del Consejo Supremo para la Restauración de la Democracia | Militar | - | |||
18 de febrero de 2010 | 7 de abril de 2011 | ||||||
6.º | Mahamadou Issoufu (n.1952) Presidente de la República |
7 de abril de 2011 7 de abril de 2016 |
7 de abril de 2016 2 de abril de 2021 |
PNDS | 2011 2016 | ||
7.º | Mohamed Bazoum (n.1960) Presidente de la República |
2 de abril de 2021 | 26 de julio de 2023 | PNDS | 2020-2021 | ||
Golpe de Estado (26-28 de julio de 2023) | |||||||
- | Hassoumi Massaoudou (n.1957) |
27 de julio de 2023 | en el cargo | PNDS | - | ||
- | Abdourahamane Tchiani (¿-?) |
Presidente del Consejo Nacional para la Salvaguardia de la Patria | Militar | - | |||
28 de julio de 2023 | en el cargo |
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