Poder judicial de España
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El Poder judicial de España es uno de los tres poderes que conforman el Reino de España. Se compone de juzgados y tribunales, integrados por jueces y magistrados, que tienen la potestad de administrar justicia. Según la Constitución española, la justicia emana del pueblo y es administrada en nombre del rey. Se trata de un poder único para todo el Estado, encabezado por el Tribunal Supremo, máximo órgano en todos los órdenes jurisdiccionales. No debe confundirse con el Tribunal Constitucional, que no forma parte del poder judicial.
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Exclusivamente a dichos juzgados y tribunales corresponde el ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado. En ejercicio de dicha potestad, los juzgados y tribunales conocen y deciden todos los procesos jurisdiccionales de los órdenes civil, penal, contencioso-administrativo, social y militar. El conocimiento y decisión de dichos procesos consiste en la tramitación y pronunciamiento sobre el fondo del asunto que les planteen las partes, sean estas autoridades o particulares.
También, en los casos en que la ley así lo permite, los juzgados y tribunales se encargan del conocimiento y decisión de algunos asuntos que no suscitan contienda entre partes, en los denominados procesos de jurisdicción voluntaria, regulada actualmente en la ley 15/15 Ley de jurisdicción voluntaria, ya que la mayoría de actos de jurisdicción voluntaria han quedado en manos del Letrado de la administración de Justicia. Estos son principalmente la protocolización de testamentos ológrafos (escritos por el testador de su puño y letra) y otros actos civiles que requieren intervención judicial.
Asimismo, los jueces de primera instancia y, en su caso, los jueces de paz, tienen a su cargo el registro civil, siendo responsables de la custodia y llevanza de los libros que registran el nacimiento, estado civil, los hechos que afecten a la capacidad de obrar y la defunción de las personas.