Anexo:Red de Carreteras de la Comunidad de Madrid
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La Red de Carreteras de la Comunidad de Madrid forma parte de la Red de carreteras de España y está integrada por aquellas carreteras cuya titularidad corresponde a la Comunidad Autónoma de Madrid, y que no sean reservadas a la titularidad del Estado.
Está regulada por la Ley 3/1991[1] , de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid, dónde recibe el nombre Red viaria de la Comunidad de Madrid.
Al tratarse de una Comunidad Autónoma uniprovincial, no existe Red Provincial al estar enteramente asumida por la Red Autonómica.
En la Comunidad de Madrid, la Red de Carreteras de la Comunidad de Madrid coexiste con la Red de Carreteras del Estado, competencia del Ministerio de Fomento.
- Red Autonómica: La Red viaria de la Comunidad de Madrid, se clasifica según su función en tres categorías:
- Red Principal: Junto con la Red Estatal, atiende a las siguientes funciones:
- Canalizar el tráfico de largo recorrido y el de tránsito a través de la Comunidad de Madrid y el área metropolitana.
- Asegurar la conexión entre los principales puntos básicos del territorio.
- Asegurar las conexiones de primer orden con los territorios limítrofes.
- El identificador tiene la forma M-??? con el fondo naranja y los caracteres en negro, las letras M y un código compuesto por dos o tres dígitos.
- Red Secundaria: Tiene carácter comarcal, complementando las funciones de la red principal por medio de:
- Canalizar el tráfico de corto recorrido por sí misma o hacia la red principal.
- Unir las cabeceras de comarca o puntos de cierta entidad en el territorio no unido por la red principal.
- Facilitar las conexiones de segundo rango con los territorios limítrofes.
- Configurar caminos alternativos a la red principal cuando el tráfico lo justifique.
- Configurar una red que asegure una cobertura total y adecuada al espacio regional.
- El identificador tiene la forma M-??? con el fondo verde y los caracteres en blanco, la letra M y un código compuesto por tres dígitos.
- Red Local: Se forma por exclusión, estando integrada por las vías que no forman parte de la red principal, secundaria o estatal, y debe servir de soporte a la circulación intermunicipal y a la conexión entre los núcleos no situados sobre algunas de las redes antes definidas y estas. Esta red debe garantizar el acceso rodado a todos los núcleos de población en condiciones adecuadas. Servirá también de soporte a la explotación de recursos naturales accesos a lugares de interés turístico y otros objetivos de carácter similar.
- El identificador tiene la forma M-??? con el fondo amarillo y los caracteres en negro, la letra M y un código compuesto por tres dígitos.
- De acuerdo con la Ley 3/1991, se consideran integrantes de la Red viaria de la Comunidad de Madrid:
- La red de la extinta Diputación Provincial de Madrid.
- La transferida por la Administración Central.
- Aquellas carreteras que sean construidas por la Comunidad de Madrid en el ámbito de su competencia.
- Aquellas carreteras estatales que cambien de titularidad, en aplicación de la Ley 37/2015 de Carreteras[2].
En la Comunidad de Madrid existen además las Redes Municipales, integradas por las vías y carreteras sometidas a la titularidad de los municipios.